*Por Eva Giberti
**Las personas
víctimas son tema de estudio, de atención, de preocupación y sobre todo de
comentarios. Pero ha sido necesario que persistiesen como presencias
repetitivas, cansadoras, extenuantes y corajudas en los ámbitos legislativos
para lograr una legislación que las amparase; por fin “en votación unánime, la
Cámara Baja sancionó el proyecto…”
La idea de
víctima, en tanto conceptualización, se instituyó paulatinamente en el
pensamiento moderno, articulada con el surgimiento del concepto de violencia.
Tanto las víctimas cuanto las violencias están asociadas con los cambios que se
produjeron en la concepción de “la fuerza”. Todo dependía de dónde se cobijaba
esa fuerza y cómo se expresaba y así transcurrieron los siglos y las
discusiones de la Modernidad tardía hasta que llegamos a hablar de violencias,
por extensión, de víctimas. Las víctimas constituyen una existencia real e
inevitable, dice Dussel “que son las que sufren los efectos negativos
no-intencionales, las imperfecciones, las injusticias de las instituciones
empíricas, o perfectas, finitas de los sistemas existentes”.
Y el autor se
pregunta “¿Quiénes son las víctimas? ¿Por qué son víctimas, en qué
circunstancias fácticas lo son...?”
En realidad,
la víctima implica una contradicción ante las instituciones que se ocupan de
evitar el dolor y la muerte. Los desarrollos teóricos de Dussel son intensos y
certeros, particularmente cuando afirma que la víctima es un viviente humano y
tiene exigencias propias no cumplidas en la reproducción de la vida en el
sistema. Es el destituido que aún no alcanza a ponerse de pie y éste es el
punto que demanda criterios morales para la aplicación de cualquier legislación
o reglamentación que pretenda defender y acompañar a la víctima del delito.
Será preciso
que todos aquellos que se acerquen a la víctima ahora protegida hayan tomado
conciencia de las violencias que han asolado a la víctima. Ella no es “un
alguien” en quien se aplicará una ley, sino un viviente humano en quien han
fracasado los sistemas que pretendían o declaraban protegerlo.
Los riesgos
que se corren en las aplicaciones de leyes y reglamentos residen en la
confusión que suele surgir cuando se trabaja con víctimas que caminan como
nómades de un juzgado a otro, de una comisaría a una fiscalía e inevitablemente
terminan ahogándose sumergidas en la búsqueda de papeles que confirmen su
identidad, su existencia y sus derechos. O sea, cuando la “fuerza” de la ley se
transforma en violencia al aplicar la ley. Parecería inevitable que sucediese
de ese modo porque estamos ante una nueva norma y las normas se nutren con
papeles y timbrados que se transformarán en documentos definidos a posteriori
como imprescindibles para salvaguardar el ordenamiento y clasificación de las
que han sido reconocidas como víctimas del delito.
Ha sido
posible atender el derecho de las víctimas del delito. Un logro que
demencialmente tardó muchos años en reconocerse como necesario. Pero esa
tardanza es parte del mismo sistema en el que ahora está inserta la nueva
norma. Ya no se tratará de legisladores sino de otros oficiantes que cursan
tradiciones antiguas y monolíticas y que viven en los sistemas y se reconocen
entre sí como necesarios y aun imprescindibles. Que no distinguen al viviente
humano como tal sino al demandante que aguarda se le reconozcan sus derechos
como la nueva norma lo indica, esperando su turno en una cola interminable.
Más allá de
las tradiciones burocráticas –que históricamente fueron inventadas para evitar
postergaciones–, esperamos la acogida luminosa, inquieta, ágil que torne menos
contradictoria la realidad de los sistemas, ante la presencia de las víctimas
del delito que han sido reconocidas, miradas y clasificadas como personas
destituidas que ahora podrán ponerse de pie.
* Coordinadora del Programa Las Vícitmas Contra Las Violencias.
**Publicado en el diario Página/12 el día 4 de Julio del 2017