El Programa Las Víctimas Contra Las Violencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la coordinación de la Dra. Eva Giberti, tiene como finalidad principal poner en conocimiento de la víctimas cuáles son sus derechos para exigirle al Estado el respeto de los mismos y la sanción de las personas violentas que la hayan agredido. De este modo, se busca que la víctima supere su pasividad y reclame por sus derechos.

martes, 7 de agosto de 2012

"Un fiscal que es rara avis"

Martín sostiene que el Estado
no puede usar la situación de vulnerabilidad
en contra de la imputada.


NO QUISO INVESTIGAR A UNA ADOLESCENTE DENUNCIADA POR UNA MEDICA PUBLICA. El fiscal de Delitos Juveniles de Neuquén, Germán Martín, dispuso archivar una denuncia contra una adolescente que había parido un feto que nació muerto, en su casa. Cuando la llevaron al hospital para atenderla, la médica la denunció.

Publicado en Página/12. "Sociedad".
30 de Julio de 2012.

Un fiscal del fuero de Delitos Juveniles de Neuquén siguió el camino contrario al que suelen seguir sus colegas acusatorios: ordenó archivar las actuaciones contra una adolescente de la localidad de Plottier, que había dado a luz en secreto, en el baño de su casa, a un niño que murió casi inmediatamente. La joven fue trasladada por sus padres (que desconocían que estuviera embarazada) al hospital público para resguardar su vida. Allí fue denunciada por la médica que la trató bajo la sospecha de que hubiera cometido un crimen. El pedido de archivo del fiscal, Germán Martín, fue la respuesta: sostuvo que “el Estado no se puede aprovechar de la especial situación de vulnerabilidad de la imputada para utilizarla para fines de investigación criminal en contra suya”. Lo novedoso, más que el concepto (ya existieron fallos en ese sentido), es que rompa con la costumbre que supone que los fiscales deben acusar por encima de todo, desentendiéndose de los derechos del acusado.

En la descripción del hecho, el fiscal Germán Martín sostiene que “las actuaciones jurídico-penales comienzan a partir de las actuaciones realizadas por los facultativos del hospital de la localidad en ocasión de la atención médica requerida por familiares de la adolescente y por declaraciones de ésta a la médica del nosocomio”. Es decir, la denuncia surgió porque la joven, necesitada de atención médica, dijo lo ocurrido, y no porque el Estado hubiera investigado previamente.

Martín sostuvo el artículo 18 de la Constitución, “nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo”, y su ratificación con rango constitucional en el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que establece el “derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable”.

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