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A la derecha, Emilio Castro; a la izquierda, Héctor Dedominichi, los jueces denunciados. |
DOS CAMARISTAS DE NEUQUEN TRATARON A UNA DISCAPACITADA COMO “CASI HUMANA”. Los jueces Emilio Castro y Héctor Dedominichi, de la Cámara de Neuquén, en un fallo por violación a una discapacitada, trataron a la víctima de “ente de características humanas”, entre otros términos. Fueron denunciados ante el Inadi.
Publicado en Página/12. "Sociedad".
Martes, 24 de Julio de 2012.
En abril de 2010, la Cámara Primera en lo Criminal de Neuquén condenó por dos votos a uno a seis años a Héctor Inostroza por “abuso sexual con acceso carnal” en perjuicio de una mujer de 29 años, discapacitada mental, e hija de la cuñada del condenado. La violación denunciada ocurrió el 19 de mayo de 2008, y durante el juicio se determinó que Inostroza saltaba una tapia y entraba clandestinamente en la casa cuando la madre de S. C. R., la víctima, salía a trabajar. El caso no trascendió por el fallo penal sino por el trato que le brindaron a la víctima los jueces Emilio Castro y Héctor Dedominichi: la consideraron como un “ente revestido de características humanas”; o dijeron que “damos por sentado (...) que un débil mental, un demente o un psicótico o delirante grave no por ello está excluido de la especie humana”. Ahora el fallo salió del polvo de los armarios y llegó a manos de la Asociación Pensamiento Penal que denunció a ambos jueces ante el Inadi.
En su denuncia, Mario Juliano y Nicolás Laino, presidente y secretario general de la APP, respectivamente, aclaran que no entran a analizar el fallo judicial, sino los argumentos utilizados por el juez Castro, a los que adhirió el juez Dedominichi, respecto de las personas con discapacidad.
La sentencia condenatoria (con el fallo disidente de Alfredo Elosu Larumbre) consta de 60 folios, a lo largo de los cuales Castro y Dedominichi desarrollan un manual sobre el buen trato a los discapacitados. Además de considerarla un “ente con características humanas” y aclarar que dan “por sentado” que la víctima “no está excluida de la especie humana”, los denunciados sostienen que “como el ser humano es humano en cuanto habla, piensa, vive en sociedad (...), no en cuanto mera entidad biológica, el consentimiento que interesa es el que resulta de esa capacidad (...). Si no la tiene, o está gravemente mermada, entonces reacciona (consiente o rechaza) poco más (o menos) que como un animal. Esto es, para el Derecho, como un objeto, una cosa, no como un humano, una ‘persona’”.
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