Mauricio Macri ya había anunciado que vetaría la ley después de hacer público un caso de aborto no punible en el Hospital Ramos Mejía. |
MACRI RECHAZO LA LEY SOBRE LOS ABORTOS NO PUNIBLES CON FUNDAMENTOS EXTRAIDOS DE LOS GRUPOS QUE SE DENOMINAN “PROVIDA”. El jefe de Gobierno porteño concretó el veto a la norma sancionada por mayoría en la Legislatura. Especialistas denuncian las “tergiversaciones” en que incurre el decreto que rechaza la ley. Queda vigente un protocolo contrario a lo dispuesto por la Corte Suprema.
Publicado en Página/12 "Sociedad".
Miércoles, 24 de Octubre de 2012.
Por Soledad Vallejos
“Corresponde ejercer el mecanismo excepcional del veto”, sentenció el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, después de una seguidilla de considerandos sobre la ley Nº 4318, por la cual la Legislatura de la Ciudad había regulado “el procedimiento para la atención integral de los abortos no punibles” contemplados por el Código Penal. En casi cuatro páginas, Macri sustenta su veto afirmando, entre otras cosas, que la ley sancionada por la oposición porteña fue más allá de “los lineamientos establecidos por la Corte Suprema”, que su promulgación podría “generar una multiplicación de conflictos, de muy probable judicialización”, que los menores “son incapaces relativos” y no podrían por eso abortar las adolescentes, que la posibilidad de objeción de conciencia “viola y restringe indebidamente las libertades individuales y la intimidad del profesional” médico. El veto fue refrendado por cuatro de los once ministros del gabinete porteño: la de Salud, la de Desarrollo Social, el de Justicia y Seguridad, el de Hacienda y el de Desarrollo Económico. Todas esas firmas acompañaron un texto que voces de la sociedad civil y de la política definieron como “serio retroceso”, basado en “referencias vagas” y “sin brindar argumentos sólidos”, fundamentos “inconsistentes” y “que no puede justificar verazmente”. El veto “es una catálogo de los argumentos de los grupos antiderechos”, evaluaron.
Al vetar la ley sancionada el 27 de septiembre por la Legislatura, Macri ratificó que en la ciudad de Buenos Aires rige la resolución 1252, firmada por el ex ministro de Salud porteño Jorge Lemus. La disposición somete a las mujeres que soliciten acceder a un aborto no punible a exigencias que el fallo de la Corte Suprema –que ordenó a las jurisdicciones regular la atención de estos casos– no dispone. “Suma requisitos y limita el acceso de las mujeres al aborto no punible, obliga a que los médicos tengan que escribir en la historia clínica los fundamentos de la interrupción del embarazo y se da el tiempo de cinco días para que la señora vuelva y ratifique el pedido, cuando la Corte ordena practicarlo lo antes posible con mera declaración jurada de la mujer”, recordó en diálogo con este diario Mabel Bianco, de la Fundación para el Estudio e Investigación de la Mujer. El protocolo legado por el ex ministro Lemus también limita la interrupción del embarazo hasta las doce semanas de gestación, aunque se trate del producto de una violación.
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