La Legislatura rionegrina sancionó la ley el viernes pasado, con el procedimiento de doble vuelta. |
RIO NEGRO APROBO UNA LEY EN SINTONIA CON EL FALLO DEL TRIBUNAL. La Legislatura dispuso que en los casos de violación, sólo se requerirá una declaración jurada de la mujer. Y prevé sanciones a los profesionales que obstruyan o dilaten un aborto no punible.
Publicado en Página/12. "Sociedad".
Miercoles, 24 de Octubre de 2012.
Por Mariana Carbajal
La Legislatura de Río Negro aprobó por amplísima mayoría una ley para reglamentar los abortos no punibles, siguiendo los lineamientos que marcó la Corte Suprema de la Nación. En los casos de violación sólo se requerirá una declaración jurada de la mujer, en ninguna situación se pedirá la opinión de un comité interdisciplinario y se deberá garantizar la práctica en un plazo no mayor de diez días desde que se la solicita. Además, la norma prevé aplicar sanciones a los profesionales que dilaten u obstruyan arbitrariamente la realización de un aborto no punible.
“Es un día histórico”, destacó la diputada Marta Milesi de la Alianza Concertación para el Desarrollo (UCR), quien hace diez años venía batallando en la provincia para aprobar un protocolo de este tipo. También el delegado provincial del Inadi, Julio Accavallo, celebró la sanción. Sólo dos diputadas, María Lilian Gemignani e Irma Banegas, ambas del Frente para la Victoria, votaron en contra alegando razones religiosas: una de ellas es pastora. El resto del bloque kichnerista apoyó la iniciativa. Se espera que la ley sea promulgada por el gobierno provincial.
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