El Programa Las Víctimas Contra Las Violencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la coordinación de la Dra. Eva Giberti, tiene como finalidad principal poner en conocimiento de la víctimas cuáles son sus derechos para exigirle al Estado el respeto de los mismos y la sanción de las personas violentas que la hayan agredido. De este modo, se busca que la víctima supere su pasividad y reclame por sus derechos.
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martes, 27 de agosto de 2013

"Piden penas para Vasquez"

La fiscal de Casación Penal Irma García Netto y el abogado Leonardo Rombola pidieron que se revoque la pena de 18 años de prisión y que el ex baterista de Callejeros Eduardo Vásquez sea condenado a prisión perpetua por el crimen de su esposa, Wanda Taddei. Así lo manifestaron en una audiencia ante la Sala IV de la Cámara de Casación, que deberá resolver las apelaciones al fallo del Tribunal Oral en lo Criminal 20, que en junio de 2012 condenó a Vásquez a 18 años de prisión por homicidio calificado por el vínculo, pero atenuó la pena por emoción violenta. García Netto y Rombola, que representa a la familia de Taddei, pidieron que se revoque la figura de emoción violenta y reclamaron que el músico sea condenado por el delito de homicidio agravado por el vínculo. El abogado de la familia de Taddei también pidió que la condena sea agravada por alevosía.

Publicado en Página/12. "Sociedad". 09.07.2013

miércoles, 31 de julio de 2013

"El fallo del baterista, con antipremio"

RECONOCIMIENTOS Y REPUDIOS A DECISIONES JUDICIALES VINCULADAS CON TEMAS DE GENERO. Una organización colombiana resalta las sentencias que más hacen retroceder o avanzar la equidad de género en el mundo. En la Argentina, recibió el Garrote de Bronce la reducción de la pena a Eduardo Vázquez por considerar que mató a su mujer bajo “emoción violenta”. 

Publicado en Página/12. "Sociedad".
20.06.2013

El fallo que redujo la condena del ex baterista de Callejeros por considerar que actuó bajo “emoción violenta” cuando quemó deliberadamente a su esposa, Wanda Taddei, rociándola con alcohol y prendiéndola fuego, fue considerado una de las peores decisiones judiciales en el mundo del último año, desde una mirada de género. “Es inadmisible que los jueces traten de justificar esta terrible forma de violencia”, consideró el jurado de los Premios Género y Justicia al Descubierto, organizados por una ONG con sede en Colombia, que resaltan las sentencias que más hacen retroceder o avanzar la equidad de género. La sentencia del Tribunal Oral Criminal 20 de la Capital Federal, que benefició a Eduardo Vázquez, obtuvo el Garrote de Bronce.

Vázquez fue hallado responsable de “homicidio calificado por el vínculo atenuado por el estado de emoción violenta” y así fue condenado a 18 años de prisión por el femicidio de su esposa. Sin ese atenuante le hubiera correspondido prisión perpetua, como había pedido el fiscal en su alegato.

El certamen internacional es organizado por la entidad de derechos humanos Women’s Link Worldwide. Esta semana se anunciaron los ganadores de la quinta edición del concurso que busca destacar las mejores y las peores decisiones o pronunciamientos relacionados con la equidad de género. Desde hace cinco años, “estos premios promueven que la sociedad civil se involucre en monitorear la labor de jueces y juezas alrededor del mundo, como garantes de proteger los derechos humanos de todas las personas sin distinciones”, señalaron las organizadoras.

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viernes, 2 de noviembre de 2012

"La falacia de que 'ella se lo buscó'"

UN FALLO QUE DEMUELE EL ARGUMENTO DE LA “EMOCION VIOLENTA” EN CASOS DE VIOLENCIA DE GENERO. Un hombre que golpeó brutalmente a su ex mujer dijo que actuó con “emoción violenta” porque ella estaba supuestamente con otro hombre. Una jueza de Caleta Olivia, Santa Cruz, consideró que aplicar esa figura es “sexista y discriminatorio”, además de anticonstitucional.

Publicado en Página/12. "Sociedad".
Jueves, 25 de octubre de 2012.
Por Mariana Carbajal

Un Tribunal de Santa Cruz descartó aplicar la figura de la “emoción violenta” en un caso de violencia de género porque alegó que el pedido de la defensa se fundaba en argumentos sexistas y discriminatorios incompatibles con los tratados y convenciones de derechos de las mujeres incorporados a la Constitución como que la víctima “se había buscado” la agresión. La resolución fue tomada por la Cámara en lo Criminal de la Segunda Circunscripción Judicial de Caleta Olivia en un fallo en el que condenó a un hombre a un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por las lesiones y los daños graves que le causó a su ex esposa. La defensa del imputado sostuvo que tuvo una reacción violenta en un supuesto ataque de celos, porque dijo haber visto a su ex pareja con otro hombre, una situación que nunca se comprobó y que, por otra parte, el Tribunal advirtió que no tenía importancia.

El hombre chocó con una camioneta Ford Ranger al VW Gol que conducía la mujer, y luego la bajó por la fuerza tirándola de los cabellos y agrediéndola brutalmente con golpes de puño en el rostro y patadas en el cuerpo, provocándole múltiples fracturas y fisuras en la mandíbula.

“No hay, a mi juicio, circunstancia alguna que permita excusar tal estado emocional. Estaban separados desde hacía tres meses, no obstante lo cual S.O. (la víctima) tuvo la honestidad de decir que en uno de los encuentros posteriores a la ida de él de la casa, mantuvieron relaciones sexuales. En las relaciones humanas no es todo blanco o negro, menos en las de pareja. Pero una cosa es eso y otra bien distinta abonar la idea machista y prepotente de la mujer como objeto de pertenencia del varón, una idea basada en la sujeción, en la categorización y en el sentido de propiedad”, sostuvo el voto de la jueza Cristina de los Angeles Lembeye, a cargo de la presidencia del Tribunal, al que adhirieron los otros dos integrantes, Juan Pablo Olivera y Humberto Eduardo Monelos. Lembeye agregó: “La concepción de sociedad patriarcal colada de manera macro y micro en todos los intersticios del entramado social es violatoria de la Constitución”.