El Programa Las Víctimas Contra Las Violencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la coordinación de la Dra. Eva Giberti, tiene como finalidad principal poner en conocimiento de la víctimas cuáles son sus derechos para exigirle al Estado el respeto de los mismos y la sanción de las personas violentas que la hayan agredido. De este modo, se busca que la víctima supere su pasividad y reclame por sus derechos.

viernes, 31 de agosto de 2012

"Cuanto esfuerzo para revictimizar a las mujeres"

EN CORDOBA, UN JUEZ RESTRINGE EL DERECHO DE ACCESO AL ABORTO EN CASOS DE ABUSO SEXUAL

Sólo para violaciones “verificables”

Ante el pedido de antiabortistas, un fallo dispone que en los hospitales verifiquen si el embarazo es producto de violación, algo que muchas veces resulta imposible. La Corte Suprema no había puesto restricciones al aborto no punible.

De acuerdo con un fallo judicial, en la provincia de Córdoba, la realización de abortos no punibles no es inconstitucional, pero para acceder a la interrupción del embarazo generado en una violación, no alcanza que la mujer diga haber sido víctima del abuso sexual. Antes bien, en los hospitales cordobeses el pedido debe ser evaluado por “un Equipo Interdisciplinario” que “verifique adecuadamente que el embarazo es producto de una violación y quede así consignado en la Historia Clínica”. Eso resolvió el juez en lo Civil y Comercial Federico Ossola, en un fallo que acuerda parcialmente con el pedido de la ONG Portal de Belén, limita los alcances del protocolo para la práctica de abortos no punibles elaborado por el Ministerio de Salud de la Nación y choca con la jurisprudencia dictada por la Corte Suprema de Justicia. El fallo de Ossola, quien en abril de este año ya había dictaminado en contra de la aplicación del protocolo en los hospitales provinciales (una medida que sigue vigente), no contentó al Estado cordobés ni a la ONG antiabortista.

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