El Programa Las Víctimas Contra Las Violencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la coordinación de la Dra. Eva Giberti, tiene como finalidad principal poner en conocimiento de la víctimas cuáles son sus derechos para exigirle al Estado el respeto de los mismos y la sanción de las personas violentas que la hayan agredido. De este modo, se busca que la víctima supere su pasividad y reclame por sus derechos.

miércoles, 22 de mayo de 2013

"Las docentes de Tribilin, sin prisión"

UN JUEZ RECHAZO DETENER A LAS MAESTRAS ACUSADAS.

Publicado en Página/12. "Sociedad".
16.02.2013
 
Las cinco docentes y autoridades del jardín Tribilín de San Isidro, imputadas por el presunto maltrato a los niños, fueron beneficiadas con la eximición de prisión, por lo que no serán detenidas a esta altura de la investigación, como había pedido el fiscal del caso. La medida la tomó el juez de Garantías 3 de San Isidro, Rafael Sal Lari, quien además retó en su resolución al fiscal, a quien le recomendó que investigue más en lugar de pedir detenciones.

Sal Lari les otorgó la eximición de prisión a las cinco imputadas que tiene la causa: las docentes Yanina Gogonza y Noelia Gallardo; la madre de Gogonza, Graciela Di Pascuale; y las dos dueñas del establecimiento, Noemí Núñez y Mariana Buchniv.

El fiscal a cargo de la causa, Franco Servidio, había solicitado el miércoles pasado la detención de las cinco, y no sólo de dos, como había trascendido el jueves en los tribunales de San Isidro.

Al otorgarles la eximición de prisión, el juez Sal Lari no llegó a tratar el pedido de detención del fiscal, quien imputa a las docentes por el delito de “abandono de persona agravado”. El juez estableció que las imputadas pueden permanecer en libertad durante el proceso, porque no hay riesgo de fuga ni de que vayan a entorpecer la investigación.

El magistrado destaca en su fallo que “la actividad desarrollada (por el fiscal) no alcanza a satisfacer los extremos necesarios para definir el hecho”. Añade que Servidio “debería extremar todas las medidas a su alcance para sumar conocimiento a la investigación, con la premura que el caso exige, antes de requerir encierro como solución a los conflictos penales”. Para Sal Lari, “sólo arbitrariamente puede afirmarse como acreditados los extremos objetivos y subjetivos del tipo penal escogido”, es decir la calificación de “abandono de persona agravado” que había hecho el fiscal.

Diego Hernalles, el padre que inició la investigación al colocar un Ipod con grabador en la mochila de su hija al sospechar de que era maltratada, dijo que “no estamos contentos, tenemos abogados, y cuando el abogado tome conocimiento de la notificación del juez le preguntará los motivos de su decisión”.

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