El Programa Las Víctimas Contra Las Violencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la coordinación de la Dra. Eva Giberti, tiene como finalidad principal poner en conocimiento de la víctimas cuáles son sus derechos para exigirle al Estado el respeto de los mismos y la sanción de las personas violentas que la hayan agredido. De este modo, se busca que la víctima supere su pasividad y reclame por sus derechos.

viernes, 14 de junio de 2013

"El trabajo infantil tiene penas de prisión"

HASTA CUATRO AÑOS DE CARCEL PARA LOS EMPLEADORES QUE CONTRATEN NIÑOS MENORES DE 16 AÑOS. El Senado aprobó ayer por unanimidad y convirtió en ley un proyecto del Ejecutivo que incorpora al trabajo infantil como un delito del Código Penal. Hasta ahora estaba sancionado con multa. No habrá penas para los padres.

Publicado en Página/12. "Sociedad".
21.03.2013

El Senado aprobó por unanimidad una ley que castiga con prisión de hasta cuatro años a quien se aproveche del trabajo infantil. La normativa, que modifica el Código Penal, fue impulsada por el Poder Ejecutivo nacional y fue votada ayer luego de haber obtenido la media sanción en la Cámara baja. Hasta ahora, quien hacía trabajar a niños o niñas sólo era castigado con multas. La ley se aplica a menores de 16 años o a menores de 18 si se tratara de trabajos peligrosos. La única excepción es el “trabajo artístico”, por ejemplo en películas o publicidades, pero a condición de que las condiciones psicofísicas de esa actividad sean evaluadas y aprobadas caso por caso. La ley exime expresamente de las penas a los padres o guardadores del menor, ya que “los padres que mandan a sus hijos a trabajar son los más vulnerables y nada se logra criminalizando a la parte más débil de una sociedad; encarcelarlos implicaría revictimizar a los niños al separarlos de sus padres”, explicaron fuentes del Ministerio de Trabajo y del Senado. Según datos del Indec, el trabajo infantil bajó un 66 por ciento entre 2004 y 2012. Carlos Tomada, ministro de Trabajo de la Nación, sostuvo que “estamos construyendo un país sin trabajo infantil”. “El lugar de los chicos debe ser la escuela”, subrayó el senador Daniel Filmus.

La ley establece que se incorpora “como artículo 148 bis del Código Penal el siguiente: Será reprimido con prisión de uno a cuatro años el que aprovechare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importe un delito más grave. Quedan exceptuadas las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente. No será punible el padre, madre, tutor o guardador del niño o niña que incurriere en la conducta descripta”. 

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