El Programa Las Víctimas Contra Las Violencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la coordinación de la Dra. Eva Giberti, tiene como finalidad principal poner en conocimiento de la víctimas cuáles son sus derechos para exigirle al Estado el respeto de los mismos y la sanción de las personas violentas que la hayan agredido. De este modo, se busca que la víctima supere su pasividad y reclame por sus derechos.

martes, 19 de junio de 2012

"Los separados, sin deber de fidelidad"

FALLO DE LA CORTE SUPREMA BONAERENSE SOBRE UN SUPUESTO ADULTERIO EN UN JUICIO POR DIVORCIO. Una mujer demandó al ex marido, de quien estaba separada pero no divorciada, porque formó otra pareja y pidió una indemnización. La Cámara le había dado la razón, pero ahora la Corte consideró que tras la separación “de hecho” ya no se puede exigir fidelidad.

Publicado en Página/12. "Sociedad".
Sábado, 09 de Junio de 2012.

La Suprema Corte de Justicia bonaerense determinó, en un fallo que modifica la jurisprudencia, que cuando existe separación “de hecho” entre dos cónyuges no hay deber de fidelidad, al dejar sin efecto una condena por adulterio contra un hombre que se había unido a otra mujer tras finalizar su matrimonio.

La decisión del máximo tribunal cambia la jurisprudencia en esta materia en la provincia de Buenos Aires y coincide con el proyecto de modificación del Código Civil enviado por el Poder Ejecutivo Nacional al Congreso. El proyecto establece justamente esta hipótesis: que la separación de hecho hace cesar el deber de fidelidad y, por ende, no puede ser luego un motivo de “culpabilidad” en un juicio de divorcio.

La Suprema Corte analizó la causa “R.I.I. contra L.M.R. sobre divorcio” y revocó un fallo de la Cámara en lo Civil y Comercial de Junín, que había condenado a pagar una indemnización por “adulterio e injurias graves” a un hombre por haber tenido relaciones estando separado de hecho, fruto de las cuales nació una niña. También se lo había sentenciado a pagar 5000 pesos a su ex mujer por daño moral.



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