El Programa Las Víctimas Contra Las Violencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la coordinación de la Dra. Eva Giberti, tiene como finalidad principal poner en conocimiento de la víctimas cuáles son sus derechos para exigirle al Estado el respeto de los mismos y la sanción de las personas violentas que la hayan agredido. De este modo, se busca que la víctima supere su pasividad y reclame por sus derechos.

martes, 24 de julio de 2012

"Obligar a una niña a practicar sexo oral no es gravemente ultrajante según la Cámara Penal"

Trelew: el fallo redujo la pena que le habían impuesto al abusador.

Esta semana trascendió un nuevo fallo polémico de la Cámara Penal trelewense, donde por mayoría un tribunal bajo la calificación penal a un abusador que años atrás y durante varios meses había sometido a una menor de 13 años para que le practicará sexo oral. Dos de los jueces entendieron que el delito no era gravemente ultrajante y lo condenaron por abuso sexual simple que tiene como pena máxima 4 años de prisión.

El hecho, cuya primera sentencia fue impugnada el 27 de junio de este año, tuvo lugar entre noviembre de 2010 y febrero de 2011 cuando un hombre de unos 50 años de edad sometió sexualmente a una menor de 13 años.

De acuerdo a la denuncia efectuada por la progenitora de la niña y el testimonio de la víctima, tomado mediante Cámara Gessel, el sujeto en reiteradas oportunidades la obligó a la menor a practicarle sexo oral además de manosearla en sus partes íntimas.

Para lograr satisfacer sus deseos sexuales el abusador doblegaba la voluntad de la víctima “no solo ejerciendo la fuerza y violencia, sujetándola y pegándole con la mano en el rostro sino también amenazándola diciéndole que si no accedía a la que él estaba pretendiendo la iba a matar a ella, a su madre y a su hermana”, explicó en su voto uno de los jueces de la Cámara Penal.


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