El Programa Las Víctimas Contra Las Violencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la coordinación de la Dra. Eva Giberti, tiene como finalidad principal poner en conocimiento de la víctimas cuáles son sus derechos para exigirle al Estado el respeto de los mismos y la sanción de las personas violentas que la hayan agredido. De este modo, se busca que la víctima supere su pasividad y reclame por sus derechos.

viernes, 2 de noviembre de 2012

"La falacia de que 'ella se lo buscó'"

UN FALLO QUE DEMUELE EL ARGUMENTO DE LA “EMOCION VIOLENTA” EN CASOS DE VIOLENCIA DE GENERO. Un hombre que golpeó brutalmente a su ex mujer dijo que actuó con “emoción violenta” porque ella estaba supuestamente con otro hombre. Una jueza de Caleta Olivia, Santa Cruz, consideró que aplicar esa figura es “sexista y discriminatorio”, además de anticonstitucional.

Publicado en Página/12. "Sociedad".
Jueves, 25 de octubre de 2012.
Por Mariana Carbajal

Un Tribunal de Santa Cruz descartó aplicar la figura de la “emoción violenta” en un caso de violencia de género porque alegó que el pedido de la defensa se fundaba en argumentos sexistas y discriminatorios incompatibles con los tratados y convenciones de derechos de las mujeres incorporados a la Constitución como que la víctima “se había buscado” la agresión. La resolución fue tomada por la Cámara en lo Criminal de la Segunda Circunscripción Judicial de Caleta Olivia en un fallo en el que condenó a un hombre a un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por las lesiones y los daños graves que le causó a su ex esposa. La defensa del imputado sostuvo que tuvo una reacción violenta en un supuesto ataque de celos, porque dijo haber visto a su ex pareja con otro hombre, una situación que nunca se comprobó y que, por otra parte, el Tribunal advirtió que no tenía importancia.

El hombre chocó con una camioneta Ford Ranger al VW Gol que conducía la mujer, y luego la bajó por la fuerza tirándola de los cabellos y agrediéndola brutalmente con golpes de puño en el rostro y patadas en el cuerpo, provocándole múltiples fracturas y fisuras en la mandíbula.

“No hay, a mi juicio, circunstancia alguna que permita excusar tal estado emocional. Estaban separados desde hacía tres meses, no obstante lo cual S.O. (la víctima) tuvo la honestidad de decir que en uno de los encuentros posteriores a la ida de él de la casa, mantuvieron relaciones sexuales. En las relaciones humanas no es todo blanco o negro, menos en las de pareja. Pero una cosa es eso y otra bien distinta abonar la idea machista y prepotente de la mujer como objeto de pertenencia del varón, una idea basada en la sujeción, en la categorización y en el sentido de propiedad”, sostuvo el voto de la jueza Cristina de los Angeles Lembeye, a cargo de la presidencia del Tribunal, al que adhirieron los otros dos integrantes, Juan Pablo Olivera y Humberto Eduardo Monelos. Lembeye agregó: “La concepción de sociedad patriarcal colada de manera macro y micro en todos los intersticios del entramado social es violatoria de la Constitución”.


No hay comentarios:

Publicar un comentario